TESTIMONIO: VISTO: Que ante la aplicación de la Ley Nº 11.582, que dispone la reformulación del Presupuesto General de Gastos de los Municipios y que el Presupuesto del Honorable Concejo Deli- berante no puede exceder el 3% de los gastos, conforme a los recursos corrientes sin afectación (Administración Central y Entes Descentralizados), y CONSIDERANDO: Que dicha reformulación se ha tenido que llevar a cabo habiendo transcurrido varios meses del año en curso, lo cual hace difícil la aplicación de la mencionada Ley por encon- trarse este Honorable Concejo Deliberante con un presupuesto ejecutado en forma parcial. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente R E S O L U C I O N Nº 10/95 ---------------------------------- ARTICULO 1.- El Honorable Concejo Deliberante de Balcarce ad- ------------ hiere a la Resolución Nº 3/95 del H. Concejo Deli- berante de Salliqueló, por la cual solicita al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Doctor Eduardo Duhale, se pro- rrogue la aplicación de la Ley 11.582, solicitando asimismo a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires una modificación de la mencionada Ley, que contemple el límite de gastos en los Presupuestos de los H. Concejos Deliberantes en base a pautas de población, región y/o montos presupuestarios.- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco. FIRMADO: Dr.Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO. - - - - - - - - -